Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE RAUL ZERPA y MARIA DEL CARMEN GOMEZ RONDON, ya identificados, ya que se puede constatar que los prenombrados ciudadanos no tienen cinco años de casados tal y como lo establece el articulo 185-A, Ejusdem, según se evidencia del acta de matrimonio N° 16, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de Ley y desglòsese los documentos originales solicitados previa su certificación en autos.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veinticuatro dí.....