Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO seguido por BERTHA ANGÉLICA FUENMAYOR SÁNCHEZ y RICARDO ALBERTO BARRIOS MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.839.412, y V-14.085.686, respectivamente, ambos domiciliados en esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada CELIA ATENCIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.521; en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO CYBER TARGET, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03.....