Por lo anteriormente señalado, éste Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Acuerda la destrucción de la sustancia incautada la cual se encuentra reflejada en la Experticia Química-Botánica N° 0319/06 realizada en fecha 27 de Marzo del 2006 por la Experto Profesional I Adelquis Espinoza Jiménez adscrita al Departamento Criminalístico Toxicológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la Delegación Barinas. Segundo: Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público a los fines de que realice el procedimiento acordado. Tercero: Se acuerda librar oficio a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público a los fines de que consigne acta respectiva de la destrucción de las sustancias incautadas una vez que se haya realiza.....