Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Carlos Daniel Solano, debidamente asistido por el Abg. Alfredo José Calles Germán, contra el auto dictado en fecha 25 de Julio de 2008, por el Tribunal de Control N° 01, ordenándose que otro Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal, proceda a solicitar la práctica de experticias a los documentos constitutivos de la venta con pacto de retracto realizada por ante la Notaría Pública de Barinas en fecha 27/09/1994, anotado bajo en N° 139, tomo 89, Inserto en original en la causa principal del folio 28 al 29 ambos inclusive y al documento identificado como "Constancia de Certificación de Datos" expedido por el Jefe de la Oficina Regional de San Cristóbal del Estad.....