Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano: Jesús Alberto Zambrano.
Se ORDENA al tribunal a quo admita la prueba de inspección judicial promovida por el Abg. Jesús Alberto Zambrano en los términos en que fue promovida, salvo en lo que respecta al particular quinto, por no haberse dejado constancia expresa de ese particular.
se REVOCA el auto apelado de fecha 05 de abril del 2011, sólo en lo que respecta a la inadmisión de la prueba de inspección judicial promovida por la parte actora.