En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos YLDELBRANDO JESUS BARRIOS CISNERO e HILDA GRACIELA MORALES GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.130.988 y V-4.929.795, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante la Prefectura de la parroquia El Carmen del municipio Barinas del estado Barinas, en fecha 11/08/1.989, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 90, t.....