En consecuencia, por las razones antes expuestas precedentemente, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824, del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de De Cujus Simeón Enrique García Martínez, quien fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.262.040, según consta en Acta de Defunción Nº 258, quien falleció el día 10/10/2015; emitida por la Unidad de Registro Civil Parroquia Rómulo Betancourt del estado Barinas, a la ciudadana Luisa del Carmen Velásquez de García, en su condición de cónyuge; venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.498.669, y a los ciudadanos: María El.....