Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
ÚNICO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, constituido por la Transacción Judicial celebrada en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, incoado por la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Sociedad Mercantil MAYOR DE CARNES COW C.A., y el ciudadano ELLIERR ALBERTO LOPEZ ANDRADE, quien actúa en su condición de fiador y en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil anteriormente mencionada, plenamente identificadas ut supra, en consecuencia, éste Tribunal le imparte su aprobación, LO HOMOLOGA dándole el carácter de cosa juzgada.
| No hay condenatoria en costas dad.....