este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la medida preventiva de embargo solicitada por el Abogado HANCER JUAN GONZÁLEZ SIERRAALTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.084, actuando en su condición de Síndico Procurador Municipal del MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DEL ESTADO TÁCHIRA, en la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que interpusiera contra la Empresa SEGUROS LOS ANDES C.A.