DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE a la Penada CARMEN JOSEFINA SAAVEDRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.135.145, de 42 años de edad, nacida el 23-04-1958, natural de Barinas Estado Barinas, de estado civil soltera, ocupación u oficio Mantenimiento de Locatel, hija de Irma Saavedra (V) y desconoce al padre, residenciada en el Barrio Santa Rita Av. Francisco de Miranda, casa N° 6-25, Barinas Estado Barinas, grado de instrucción 6to grado , actualmente con Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, .....