este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE, la demanda de DESALOJO, incoada por el ciudadano OMAR ANTONIO MARQUEZ RANGEL, suficientemente identificado supra, contra la ciudadana KARLA BEATRIZ CARRERO RAMIREZ, anteriormente identificada, en consecuencia:
PRIMERO: Por cuanto la presente sentencia se dicta dentro del lapso legal de diferimiento, no es necesario notificar a las partes.
SEGUNDO: Se Condena a la parte demandante perdidosa a pagar las costas, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Publíquese, regístrese y expídase las copias de ley.