DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor de los acusados YOLLY TRINY BALCAZAR PIÑERO, natural de Barinas Estado Barinas, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.980.341, fecha de nacimiento 06-03-94, hija de Yolanda Rafaela Piñero (v) y Trino José Balcazar (v) de profesión estudiante, residenciada en el Barrio el cambio, calle 7, casa N° 5-48, Barinas Estado Barinas, por la Comisión del Delito de FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 ultimo Aparte del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos (2003), en perjuicio de la Fe Pública.
Se fija como Régimen de Prueba el lapso de UN (01) AÑO, plazo en cual la acusada cumplirá con las condiciones impuestas.
Publíquese, regístrese,.....