En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en el 29 de Septiembre de 2009, por el abogado en ejercicio Pedro Pablo González Gutiérrez, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano RAUL QUERO SILVA, identificado en autos, contra el acto administrativo dictado por el directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, Nº 240/09, punto de cuenta Nº 161, del 02 de Junio del año 2.009, en el cual declaro el rescate del lote de terreno denominado "Los Cerros", el cual forma parte de una mayor extensión denominada "Agropecuaria Los Cerros, C.A.", u.....