Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos YOSVEIDY NAYLE SAEZ MORENO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-27.023137, domiciliada en el Caserio Las Guayabitas vía saque La Arenosa, de la Población de Barrancas, del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, teléfono: (0416) 9751324, quien expuso: "que de la unión concubinaria durante un (01) año, que mantuve con el padre de mi (s) hijo (s) (a), ciudadano: FRANCISCO JAVIER ALTUVE PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-24.114.227, en beneficio de sus hijos, en los términos por ellos señalados.
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la sal.....