DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: Oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 01; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Se Admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 376 segundo aparte del COPP.. SEGUNDO: SE CONDENA a los acusados JAVIER ANTONIO VIVAS PALMERA por la presunta de los delitos de EXTORSION AGRAVADA EN GRADO DE COAUTORES, previsto en el Art. 16 y 17 numerales 2° y 8° de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, concatenado con el Art. 83 del Código Penal Vigente, ASOCIACION ILICITA PARA DE.....