Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:............................................................................
PRIMERO: Parcialmente con lugar la Solicitud de Obligación Alimentaría, interpuesta en fecha 10 de Marzo de 2.010, por la Ciudadana: Yusmary Gabriela Infante Vela, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo), mensuales, que se ordenan cancelar a partir del presente mes de Mayo del año 2.010, en beneficio de su hijo: Carlos Yonalber Arévalo Infante y una Bonificación especial en el mes de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo), adicionales a la Obligación del mismo mes; y la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.12.....