PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por la Empresa Mercantil INVERSIONES FRAWI, en contra de los ciudadanos MENDEZ GUERRERO WILLIAN, JESUS EDUARDO MEDINA, LEONARDO IRIBARREN, MARIA VIRGINIA ANTOLINEZ y JOSE RIVERA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por considerar que el amparo no es temerario