Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE:
PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación y las pruebas del Ministerio Público, por ser pertinentes, lícitas y necesarias, se decreta el enjuiciamiento del adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto en el articulo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), en perjuicio del niño IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY,
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se intima a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días, contados a partir de la remisión de las actuaciones concurran ante el Tribunal de Juicio de esta Sección Penal.
TE.....