IV
D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Solicitud de Aumento de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana EVALINA CONTRERAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.147.682, domiciliada en el Barrio Llano Alto, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE AVILIO GUERRA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.647.608, domiciliado en la Chiguira Caño Ondo, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, en beneficio de los niños JONATHAN JOEL y JOSE ABILIO GUERRA CONTRERAS, nacidos.....