este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, a favor de Omar Darío Azuaje, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.930.431 y María Román Pérez , titular de la cedula de identidad N° V.- 9.184.898; por el delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en artículo 415 del código penal; de conformidad con el artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; cometido en perjuicio en perjuicio de Cacique Flores Beatriz Esther, titula de la cédula de identidad N° V.- 08.141.159; en consecuencia DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 8° artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.