Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano: JAISAM AL ATRACHE GATRIFSe declara la NULIDAD de todo lo actuado con posterioridad al auto de admisión de la demanda y del auto donde se decretan las medidas preventivas en el presente procedimiento, ambos de fecha 30-04-2008; las medidas preventivas acordadas y practicadas por el Tribunal “A Quo”, se mantienen vigentes y con pleno valor jurídico. se DECRETA LA REPOSICION de la causa al estado en que el Tribunal dentro de los tres días de despacho siguientes al recibo de este expediente, por auto expreso ordene librar la boleta de notificación al Fiscal Especializado del Ministerio Público, debiendo ordenar en la misma providencia la notificación del representante del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 172 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, con la advertencia de que ese acto de comunica.....