En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Demanda de DENUNCIA POR IRREGULARIDADES, presentado por los abogados CARMEN V. HIDALGO, LUDMILA GONZALEZ GAVIDIA y NELSON MERCADO HIDALGO, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 8.017, 32.546 y 69.774 respectivamente, actuando en nombre y representación de: KATHERYNE JOSEFINA, ARIANNY JACKELINE VELASQUEZ MARTINEZ, ELIANNY ELIZABETH, JUAN VICENTE VELASQUEZ MAGALLANES y LUISIANA JOSELIN VELASQUEZ URQUIOLA, en contra del ciudadano: ANTONIO MARIA BETANCOURT CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.412.317, de este domicilio.
Se ordena no.....