DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA: ADMITE totalmente la acusación fiscal y los medios de pruebas plasmados en la misma por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acuerda la Medida alternativa a la Prosecución del proceso; LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de Un (01) Año, contados a partir de la fecha de la presente decisión al imputado GEOVANNY ALEXANDER ZAMBRANO ACEVEDO, porta cédula de identidad, venezolano, portador del número de Cédula de identidad V-14.813.237, de 23 años de edad, comerciante, primer año de bachillerato, nacido el 18/03/81, natural del Estado Barinas, hijo de Nelson Zambrano (F) y de Edilma Acevedo (V), residenciado en Barrio Guanapa II, calle 6, casa S/N, poste 345 Barinas, E.....