En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano Jorge Alberto Flores, se compromete en aportar la cantidad de Dos Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs. 2.400, oo) Mensuales, por concepto de obligación de manutención, en beneficio de su hija, los cuales serán depositados los Quince (15) y Treinta (30) de cada mes, a razón de Mil Doscientos Bolívares (Bs. 1.200,oo) quincenalmente, en la Cuenta de Ahorros, perteneciente a la Madre de la adolescente Ciudadana Yulmara Camacho, en la Entidad Bancaria "Banco Provincial", signada con el Nro. 0108-0596-11-0200094060.
SEGUNDO: Un bono especial por la cantidad de Tres Mil Bolívares en el mes de septiembre, para cubrir los .....