DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, que le confiere y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA APERTURA A JUICIO al acusado YONZON BOLIVAR GARRIDO ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.620.726, de 20 años de edad, natural de Ciudad Bolivia Pedraza, nacido el día 26-09-1986, de profesión Obrero, hijo de José Desiderio Garrido (v) y Maria Cleotilde Roa (v) Residenciado en el Caserío las Peñitas, casa s/n, diagonal a la Escuela Chaparral Municipio Pedraza Estado Barinas, por la comisión de los delitos de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en la parte in fine del Articulo 374 y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA , previsto y sancionado en el articulo 274 ambos del Código Penal Venezolano en pe.....