Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado: SABINO ANTONIO TORO BERRIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.192.862, de 49 años de edad, nacido en fecha 28/10/1958, hijo de Isabel Teresa de Rangel (V) y José María Barazarte (F), soltero, natural de Barinas, Estado Barinas, de profesión u oficio obrero de campo, residenciado en el Barrio Vista Hermosa, final calle principal, Población de Obispos, Municipio Obispos, Estado Barinas, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Barinas; EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en la Ley Adjetiva.....