este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de: SECUESTRO EN GRADO DE AUTOR. ROBO AGRAVADO. ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR. PRIVACION ILIEGITIMA DE LIBERTAD. HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA y MOTIVOS FUTILES, previstos en los artículos 460, en relación con el artículo 83, 458, 174 del Código Penal Venezolano Vigente y los artículos 5 y 6, ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de los ciudadanos; Andrés Alejandro Escobar Rodríguez y de Massiel Andreina Rodríguez León, y el artículo 406, numeral 2° del Código Penal Venezolano, a cumplir la medida prevista en el artículo 620, literal “f” , en concordancia con el artículo 628 de la ley especial que regula la presente materia, que consiste: PRIVACIO.....