Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante éste Tribunal, en que el segundo de los nombrados pasaría las siguientes Cantidades como Obligación de manutención, a favor de su hija:
PRIMERO: La cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, a favor de su hija antes identificada, a partir del mes marzo del presente año 2012.-
SEGUNDO: En cuanto a las Bonificación Especial de fin de año mes de Diciembre, se comprometió a comprar la ropa para los estrenos de navidad y año nuevo de su hija, adicional a la obligación de este mismo mes,
TERCERO: En cuanto a las Bonificación Especial del mes de Agosto, para la compra de útiles y uniformes escolares, se comprometió a comprar todos los útiles y uniformes escolares de su hija, igualmente adicional a la Obligación de manutención de ese mes.-
CUARTO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten para con su hija ella cuenta con un seguro medico, y cualquie.....