Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Juicio N ° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva, menos Gravosa; solicitada por la defensa privada Abogado Omalvis Novoa Contreras, a la acusada Beatriz Elena López, se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por este Tribunal en fecha 18/06/2009.