Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado CELIS ALEXANDER RIVAS VALERO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.259.230 de 30 años de edad, natural de Barinas en fecha 25/10/83 hijo de Carmen Celinda Valero (V) y de José Alexander Rivas (v), de ocupación u oficio Mecánico, dirección: Primero de diciembre Av. 12, tercera etapa, casa 509, cerca de la bodega de Richard Los Colombianos, Barinas Estado Barinas, teléfono 0426/3001622; por la comisión de los delitos de AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en los artículos 41 y 40 de le ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, , en perjuicio de .....