El Penado: JOSÉ ALEXIS PAREDES, antes identificado, fue sentenciado por el Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha: 22 de Diciembre de 2003, siendo rectificada la pena por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (24-11-2004), quedando la misma en: SIETE (07) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6, Ordinales 1° y 2° de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y de acuerdo a los recaudos recibidos de la referida Junta de Rehabilitación, para el día de hoy: 23/02/2007, el penado en referencia ha cumplido la pena de: CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DÍAS; por lo que le falta por cumplir: TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTE (20) DÍAS, de la pena que le fuera impuesta