En consecuencia, este Tribunal de Control Nro. 02, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta EL CESE DE LA MEDIDA DE CORERCION PERSONAL y en consecuencia, ordena la LIBERTAD PLENA a favor del Carlos Andrés Solórzano Sayago, venezolano, titular de la cedula de identidad V- 9.986.049, de 37 años de edad, nacido en Barinas, el día: 19 de febrero de 1968, soltero, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en: poblado el Corozo, calle principal, casa sin numero, Barinas Estado Barinas, hijo de Pedro de la Cruz Solórzano (v) y Maria Celina Sayago (v). Decisión esta que se dicta de conformidad a lo establecido en los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.- Ofíciese a la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial Penal informando del cese de las presentaciones. Líbrese lo conducente.-
La Juez de Control N° 02
Abg. DORA ISABEL .....