En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: ROBINSO RUJANO FLORES, convino en Aumentar la OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su hijo, a la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.F.150,oo) mensuales a partir del 30-09-2008, mas el pago de una cantidad igual adicional en el mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando éste lo requiera, dejando constancia que en cuanto a la deuda contraída por atraso de la obligación de manutención que es por la suma de Bs.F.3.480, la irá saldando fraccionadamente, e.....