D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abg. Rafael Izarra Quintero, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 15.10.07, por el Tribunal 3° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de la libertad, a favor de los acusados Ismael Antonio Bastidas y Dilson Antonio Torres Andueza, en consecuencia se REVOCA el auto recurrido de conformidad con los artículos 173, 190, 191, 195, 251, 253, 256 , 450 del Código Orgánico Procesal Penal y Parágrafo Único del artículo 406 del Código Penal, se ordena que la Jueza de Juicio N° 03 que actualmente lleva la causa se pronuncie sobre la solicitud de me.....