Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 07 de Octubre de 2.013, por la Ciudadana: Andreina del Valle Santos Vásquez, y en consecuencia, fija la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) mensuales, que se ordenan cancelar al demandado en autos, a partir del presente mes de Noviembre del año 2.013, en beneficio de su hija: Adriannys Estefania Guerrero Santos; y en el mes de Diciembre de cada año para cubrir gastos estrenos navideños, adicionales a la obligación de ese mismo mes, este Juzgado acuerda fijar la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo).-
SEGUNDO: En cumplimiento de lo previsto en el Artículo 369 de la LOPNA, se dej.....