DECISIÓN
En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, según el artículo 185- A, formulada por los ciudadanos: : DEYANIRA VALENTINA GARRIDO DE ROCHE Y DAVID NABOR ROCHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.563.193 y V-12.008.081, respectivamente,representados por medio de PODER APUD ACTA , por el Abogado en ejercicio, GUILLERMO FERNANDO GOMEZ GARCIA, cedula de identidad N° V-17.550.785, INPREABOGADO N° 246.896, cuyo domicilio profesional es : Casa N° 28-42, calle Avril, Barrio Punta Brava , parroquia libertad, municipio Rojas ,Estado Barinas, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos, .....