REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 27 de Febrero del 2013.
202º y 153º
Por cuanto el expediente se encuentra terminado debido a que se dicto auto de subsanación en fecha 24/01/13, y la parte actora no ejerció recurso alguno sobre la misma. En consecuencia, se declara terminado el presente juicio, se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial del Estado Barinas.-
EL JUEZ
Abg. JOSÉ JOAQUÍN TORO SILVA
LA SECRETARIA
Abg. Abg. JENNIE W. SALVADOR P.
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En la misma fecha se archivo en el libro respectivo bajo en N° ____, constante de veintitrés (23) folios útiles. Conste.-
Scria.-
JJTS/JWSP/av
Exp. N° 202-12