El adolescente fue detenido en fecha 09/02/2007, y ha permaneció privado de su libertad hasta la presente fecha, de la sanción ha cumplido hasta fecha UN (01) MES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, y le falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOCE (12) DÍAS, ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 622 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece que la sanción quedará totalmente cumplida en fecha 21 DE DICIEMBRE DEL 2008. Remítase copia certificada del presente cómputo a la Directora de la Casa de Formación Integral Varones de esta Estado lugar donde cumple la sanción con el fin de que sea agregada al expediente personal del adolescente. Así mismo se ordena la realización del Plan Individual, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 633 y 640 de la Ley Orgánica Para la P.....