DISPOSITIVA.
Este Tribunal considerando que lo solicitado es Procedente, Acuerda de conformidad, a objeto de que lo realicen funcionarios de la Comandancia General de Policía de este Estado. Todo ello con fundamento en los artículos 118 y 120 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 82 y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, este Tribunal de Control N° 5, ORDENA la MEDIDA DE PROTECCIÓN, a la LUCIA MOLINA CONTRERAS y a su familia, por un lapso de 30 días, en lugar de su residencia, ubicada en la dirección antes mencionada.