D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano ALEXI JOSE TORRES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.476.029 contra la Sociedad mercantil "GUTIERREZ PROTECCION Y SEGURIDAD C.A. (GUPROSE)".
En consecuencia, se condena a la empresa demandada al pago de la cantidad de TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 13.388,86). Así como, los intereses sobre prestaciones sociales, intereses de mora y la corrección monetaria en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria .....