Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas por las razones de hecho y de derecho en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la presente demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesto por el ciudadano KENDRICK JOSE DELGADO LEGON en contra de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA DE SERVICIOS SURAMERICANA DE INGENIERIA, R.L. (COSSURING, R.L.)