este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, anula la sentencia dictada por el Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 09 de abril de 2008, en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JESÚS ENRIQUE MORENO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.097.130, contra la Registradora Inmobiliaria del Municipio Lobatera del Estado Táchira; y le ordena al accionante, corregir el escrito libelar en los términos supra expuestos; dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la fecha en la cual conste en autos su notificación. Advirtiéndosele que el incumplimiento de lo ordenado en este auto, dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción.