PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y bienes de los cónyuges Vladimir Torres Salas y María Verónica Uribe Vivanco.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 11 de febrero del 2006, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio N° 27.
TERCERO: Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la separación de bienes en los mismos términos acordados por los ex-cónyuges en el escrito contentivo de la solicitud de separación de cuerpos y bienes.