PRIMERO: Declara firme los honorarios profesionales intimados por la abogada en ejercicio Ismelda Sánchez Fandiño contra la ciudadana Ludi Cecilia Díaz Arellano, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena a la demandada pagar a la abogada intimante la cantidad de dos millones setenta mil bolívares (Bs.2.070.000,00), monto correspondiente a los honorarios profesionales estimados e intimados.
TERCERO: No se ordena notificar a las partes de esta decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente sentencia.