El penado: ALEXANDER JOSE GARCES MORENO, antes identificado, fue sentenciado por El Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial en fecha 04/04/2005, a sufrir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias contempladas en el Artículo 16 del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal Venezolano vigente. Fue detenido preventivamente el día 29/03/2004 hasta el día 28/09/2004, cuando se le otorgó medida cautelar, siendo librada boleta de encarcelación el 16/03/2005, estando detenido hasta la presente fecha y de acuerdo a los recaudos recibidos de la referida Junta de Rehabilitación, para el día de hoy 28/03/2007, el penado en referencia ha cumplido la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES Y ONCE (11) DIAS (tiempo real cumplido), a esto se le debe sumar el tiempo de la pena redimida en esta decisión de ONCE (11) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS:, esto nos da un t.....