EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de los Niños EDWAR YOEL, EDITH YOELY, EUDY JOEL ROLAN SANTANA.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano EZEQUIEL ROLAN PEREZ; se obliga alimentariamente, en favor de sus hijos, por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES, (Bs.50.000,oo) semanal, para un total mensual de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs. 200.000,oo), asimismo se compromete a cubrir los gastos de uniforme y útiles escolares en el mes de Septiembre, la ropa de fin de año en el mes de Diciembre y el 50º/ en medicina en caso de enfermedad, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA. .....