este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el decreto de intimación de fecha 13 de febrero de 2008, que corre inserto a los folios trece y catorce (13, 14) del cuaderno principal de este expediente. Igualmente se fija un lapso de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, para que la deudora efectúe el cumplimiento voluntario, conforme a lo previsto en el artículo 524 Ejusdem