PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de matrimonio asentada por la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, de fecha 21-09-1989, bajo el Nº 195, y en el libro duplicado de registro civil de matrimonios llevado por la referida Prefectura y archivado por ante el Registro Civil de este Estado, durante el año 1989.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del acta de matrimonio en cuestión, sólo en lo que respecta al apellido del padre del solicitante como BELANDRIA.