DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Abelardo Enrique Rivas Bracho y Marielena Joves de Rivas, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio Juan Rodríguez Suárez Distrito Libertador del estado Mérida, hoy Prefectura de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez Municipio Libertador del estado Mérida, en fecha 4 de julio de 1975, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio Nº 61.