PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para Decretar Medida de Protección Agroalimentaria solicitada en fecha en fecha 23 de Marzo de 2015, por el ciudadano: JULIO CESAR ZUÑIGA VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.290.352, domiciliado en el predio rústico MATA DE MANGO II, en jurisdicción del sector LA ERIKA, Asentamiento Campesino EL COROZO LA MULA AGUA FRIA VACA VIEJA, Parroquia Juan Antonio Rodríguez Domínguez, Municipio y Estado Barinas, asistido por el abogado en ejercicio JOSE MANUEL JOVES SOJO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-8.009.767, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.060, quien es ocupante de un lote de terreno denominado MATA DE MANGO II, encalvado en los siguientes linderos particulares NORTE: Terreno ocupado por María Parra y vía de penetración; SUR: Vía de penetración, Edgar Jiménez y Gilberto Cáceres; ESTE: Terreno ocupado por José Moreno y vía de penetración y OESTE: Caño La Erika y terreno ocupado por Marí.....